jueves, 23 de agosto de 2012

La persecución de Canis lupus en Picos de Europa

Noticia del portal:
www.ecoticias.com

Los grupos ambientales y animalistas abajo firmantes hemos presentado un recurso de alzada contre la Resolución de 1 de agosto de 2012 del Director del Parque Nacional de los Picos de Europa, por la que se autoriza la realización de un control poblacional de Lobo (Canis lupus signatus) en el interior de dicho espacio protegido (zonas cántabra y asturiana), porque entendemos que contraviene la normativa del parque y no tiene argumentos técnicos, ni sociales ni económicos que lo justifiquen y se hace sin publicidad alguna, ni se publico ni en el Bopa ni en el Boe.

De momento ya tenemos conocimiento de que se mataron 2 lobos esta pasado martes 21, de los 6 previstos en la resolución del Director.

Entendemos que la resolución que se impugna no se dicta realmente para prevenir daños a la ganadería, que no los hay ni están constatados, ni para reducir el aumento de población de lobo, que no ha aumentado, sino por razones externas al supuesto conflicto. Se dicta para obtener rédito electoral ante las presiones del sector ganadero, que ha declarado en varios medios de comunicación que exigen el exterminio de la especie dentro del Parque Nacional. Autorizar la matanza de seis ejemplares de lobo, y además hacerlo en época de cría (con lo que supone matar a hembras reproductoras y a los progenitores de cachorros que a su vez morirán sin la asistencia de los mismos, como ya ha ocurrido en otras ocasiones). Está terminantemente prohibido por toda la normativa citada a lo largo del relato fáctico de los recursos recurso, pues el objeto de la declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa es “proteger la integridad de los ecosistemas incluidos dentro de sus límites, que constituyen una representación significativa de los sistemas naturales y seminaturales asociados al bosque atlántico en la provincia orocantábrica, así como de los elementos físicos y biológicos que los caracterizan”, y no se cumple con esta obligación de protección ordenando la eliminación de ejemplares de lobo sistemáticamente y cada vez que el sector ganadero lo exija.

No es cierto que la población de lobos haya aumentado, y tampoco es cierto que haya habido daños significativos ocasionados por la especie a la cabaña ganadera. El día 24 de julio de 2012 se rindió Informe de Gestión de la Dirección del Parque Nacional ante el Patronato en el que obra la siguiente información oficial sobre los daños del lobo a la ganadería, los daños relativos al periodo 1-1-2012 al 6-7-2012 son los siguientes: 40 cabezas de ganado afectadas, 11 ovejas, 5 corderos, 7 cabras, 4 cabritos, 7 terneras, 6 potros.

También se infringe lo previsto en el punto 3.2 d) del Plan de Director de la Red de Parques Nacionales por cuanto allí se ordena que las medidas de control de ejemplares de especies nativas debe estar supeditada a la existencia de pruebas suficientes que acrediten la PROLIFERACIÓN de una especie y los daños SIGNIFICATIVOS a otras especies o valores, basadas en estudios científicos y recalcando que “EN NINGÚN CASO IMPLICARÁN LA ERRADICACIÓN” cuando se trate de especies nativas, y ello teniendo en cuenta que el ligero aumento en la población (cuestión no acreditada en este caso y combatida) no supone “proliferación”.

La resolución que se impugna es nula de pleno derecho porque contraviene lo previsto en el Decreto 155/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo, no solo porque en él se establece que “se respetará la época de cría” (punto 7.3 c), sino porque es preceptiva para toda decisión haber elaborado el PROGRAMA ANUAL DE ACTUACIONES, según establece como obligación el punto 7.3.a) en el que “se definan las zonas, los métodos y los cupos de extracción estimada en cada una de las áreas de actuación”.

Para mas irregularidades a día de hoy no se ha aprobado el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa, (en adelante PRUG) por lo que puede declararse que se está gestionando dicho espacio, y en concreto, se está procediendo desde la Dirección del Parque Nacional a ordenar la muerte de ejemplares de lobo ibérico y de otras especies autóctonas sin la cobertura necesaria y obligada que supone el instrumento de planificación y gestión que es el PRUG.

La Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos NO SOLO NO HA ELABORADO EL PROGRAMA ANUAL DE ACTUACIONES, sino que lleva dos años sin convocar al Comité Consultivo del Lobo, por lo que las decisiones que se impugnan se dictan al margen, no solo de la legislación del Parque Nacional, sino de la normativa específica de la especie Lobo, a la que afecta. La carencia del PRUG debe bastar para declarar no conforme a derecho la resolución impugnada

Es por lo que hemos solicitado a la Consejera de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias que es la responsable del Consorcio de Picos que paralice la resolución que se impugna en la actualidad sin que la misma haya adquirido firmeza, y que, de hecho, el fecha 21 de agosto de 2012 ha matado ya a dos ejemplares de lobo al amparo de la resolución impugnada, se desprende con toda claridad la necesidad de acordar la suspensión de las matanzas de ejemplares de lobo, que han generado una alarma social entre los administrados que ha alcanzado al cifra de más de 40.000 firmas en contra de la medida, y porque la no suspensión en efecto pudiera hacer perder la finalidad legítima al presente recurso, que pretende evitar la muerte inútil y la degradación y alteración del medio natural por la Dirección del Parque Nacional de los Picos de Europa, y pretende proteger la fauna silvestre de las actuaciones agresivas de la Administración pública que tiene consecuencias irreparables.

Suscriben los siguientes grupos ambientales y animalistas:

Asociación para la Defensa Jurídica del Medio Ambiente “ULEX”

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Asociación para la Conservación y estudio del lobo “ASCEL”

Plataforma por la Defensa de la Cordillera Cantábrica

Observatorio Justicia y Defensa Animal

Asociación Verdes Asturianos

Asociación Nacional Animales con Derechos y Libertad “ANADEL”

SOS Cuideiru

Colectivo Ecologista de Avilés

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En resumen, el exterminio del lobo en Asturias y Cantabria es un despropósito desde el punto de vista de la conservación y gestión de la biodiversidad, debida a la presión de los ganaderos y a la garantía de obtener votos y apoyo por parte de la Dirección del Parque Nacional. Hagamos todo lo posible por parar esta persecución.

Jesús Jiménez
Ambientólogo

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